SBS: Se inicia recaudación de la prima del Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo
inicia recaudación de la prima del Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo
publicado por la SUNAT
Luego de haberse levantado la gran mayoría de restricciones a la actividad productiva, establecidas por la pandemia del covid-19, el Fondo de Seguro de Depósito Cooperativo (FSDC) iniciará, en este mes de julio, el cobro de las primas a las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público (Coopac).
De acuerdo con el marco normativo vigente, las Coopac deberán pagar esta prima con una periodicidad trimestral. Con esa finalidad, y conforme a la modificación aprobada por Resolución SBS N° 02055-2022 -publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano-, estas entidades podrán hacer efectivo dicho pago hasta el último día hábil del mes siguiente al que expira marzo, junio, setiembre y diciembre.
Se debe destacar que el inicio del pago de las primas al FSDC constituye un paso crucial para el fortalecimiento del sistema cooperativo, en términos de confianza y estabilidad, considerando que su objetivo final es la protección del ahorro de los socios ahorristas. Aspectos técnicos del FSDC
- Cabe recordar que los montos de la cobertura y la prima del FSDC fueron establecidos en función al nivel de activos de las Coopac de acuerdo con el esquema modular de supervisión , por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) con el apoyo de una consultoría realizada con la Confederación Alemana de Cooperativas (DGRV), organismo internacional especializado en el sector cooperativo.
- El pago de las primas debió comenzar en el 2020. Sin embargo, debido a la pandemia del covid-19 y atendiendo a una solicitud del gremio de las Coopac, este fue postergado hasta el julio del presente año.
- Durante este período que estuvo vigente la postergación, la SBS, con el apoyo de la DGRV, actualizó el estudio realizado en el 2019, decidiéndose mantener la cobertura, prima y metodología de cálculo actualmente vigentes, al haberse corroborado que estas son adecuadas con miras a la viabilidad y sostenibilidad del FSDC:
- El monto máximo de cobertura por socio en cada Coopac, comprendidos los intereses, será de 5,000 soles para las Coopac nivel 1 y nivel 2 con activos totales menores o iguales a 32,200 UIT; y de 10,000 soles para las Coopac nivel 2 con activos totales mayores a 32,200 UIT y de nivel 3.
- La prima diferenciada por nivel será una tasa anual de 0.25% de los activos totales en el caso de las Coopac nivel 1 y nivel 2 con activos menores o iguales a 32,000 UIT; y de 0.35% de los activos totales en el caso de las Coopac nivel 2 con activos totales mayores a 32,200 UIT y nivel 3.
- Estas primas se irán afinando en el futuro, conforme se vayan estableciendo los perfiles de riesgo específico de cada Coopac.
- La cobertura del FSDC regirá luego de que las Coopac bajo supervisión de la SBS hayan aportado durante 24 meses, a partir de la entrada en vigencia de la Resolución SBS N° 02055-2022.